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La Corte Suprema de Justicia de la Nación intervino en el conflicto del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz

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diciembre 18, 2025

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inexistente una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz y ordenó que se dicte una nueva decisión de manera inmediata, en el marco del conflicto generado por la ampliación del máximo tribunal provincial de cinco a nueve vocales, impulsada por el gobernador Claudio Vidal.

La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes advirtieron graves irregularidades procesales en el accionar del TSJ santacruceño. En concreto, señalaron que el rechazo a un recurso extraordinario fue firmado por una sola vocal del tribunal, sin traslado previo ni intervención del cuerpo completo, lo que viola el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El conflicto se originó tras la sanción de la ley 3949, aprobada en agosto por la Legislatura de Santa Cruz, que amplió el número de integrantes del Tribunal Superior. Con la norma vigente, el gobernador Vidal envió cuatro ternas y la Legislatura avanzó en la designación de dos nuevos jueces: Sergio Acevedo y José Antonio González Nora, quienes prestaron juramento ante el entonces presidente del tribunal, Daniel Mariani.

Sin embargo, horas después, otros cuatro vocales del TSJ declararon nula esa jura, argumentando que carecía de validez constitucional, y posteriormente desplazaron a Mariani de la presidencia. Además, tomaron como sustento una medida cautelar impulsada por el gremio de Judiciales, que cuestionó la constitucionalidad de la ampliación del tribunal.

Acevedo y González Nora presentaron un recurso extraordinario en su carácter de terceros, ya que no habían sido incorporados formalmente al proceso. Ese recurso fue rechazado de forma inmediata por una sola vocal del TSJ, sin cumplir el procedimiento legal correspondiente, lo que motivó la intervención de la Corte Suprema.

Al analizar el caso, el máximo tribunal nacional sostuvo que una resolución firmada por un solo integrante de un órgano colegiado no puede considerarse un pronunciamiento válido y declaró inexistente la decisión dictada el 10 de diciembre de 2025. En consecuencia, ordenó que las actuaciones regresen al tribunal de origen para que se dicte una nueva resolución respetando los recaudos legales.

La intervención de la Corte Suprema representa una advertencia directa a la Justicia provincial en medio de un conflicto institucional que sigue abierto y que gira en torno a la reforma del Tribunal Superior y a la disputa política y judicial por su integración.

Fuente: El Diario Nuevo Día

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