Edicto de la secretaría de infancia
Hago saber que en los autos caratulados: “SECRETARIA DE INFANCIAS Y ADOLESCENCIAS S/MEDIDA EXCEPCIONAL CONTROL DE LEGALIDAD (P.G.F.A)” en el marco de la disposición N° 25/2026 dictada por esta Autoridad de Aplicación, Notifíquese al Sr. Peralta Juan Pablo: “Caleta Olivia 24 de mayo de 2026” … Por ello: LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA OFICINA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA LOCALIDAD DE CALETA OLIVIA-PROVINCIA DE SANTA CRUZ. RESUELVE: ARTÍCULO N°1: DISPONER MEDIDA DE EXCEPCION en favor de P. G. F. A. (17) AÑOS, quedando bajo resguardo de la Autoridad de Aplicación, en virtud de la ausencia de red familiar protectora efectiva y la persistencia de grave vulneración de derechos, en el marco de la Ley Provincial 3.062 y Ley Nacional 26.061, por el plazo de 90 días, con vencimiento 23 de agosto del año 2026.
ARTÍCULO N°2: HÁGASE SABER la disposición al Juzgado de Primera Instancia de la Familia de esta Ciudad.
ARTICULO N°3: NOTIFÍQUESE a las partes mediante cédula, adjuntando copia del presente Acto Administrativo. Hágase saber asimismo que el legajo administrativo se encuentra a disposición para la consulta de los informes interdisciplinarios obrantes en el mismo (dictamen jurídico, informes psicológicos, informe social y demás actuaciones pertinentes), pudiendo las partes ejercer su derecho de defensa y tomar vista del legajo asistido por letrado de confianza.
DISPOSICIÓN N° 25/2026. Fdo. Lic. Susana Pino”. –






