
Santa Cruz: qué es el impuesto al sello del automotor y por qué es clave pagarlo a tiempo
En medio de los trámites de transferencia o inscripción de vehículos, muchos santacruceños se encuentran con una obligación que no siempre está en el radar: el impuesto al sello. Este tributo, de aplicación provincial, tiene impacto directo sobre cualquier operación legal que involucre a un automotor, y su incumplimiento puede derivar en fuertes multas e intereses.
Desde la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) recordaron que el impuesto al sello automotor se debe abonar dentro de los 15 días hábiles posteriores a la firma del formulario 08 o la emisión de la factura correspondiente. En Santa Cruz, la alícuota vigente es del 3 % sobre el valor imponible del vehículo, ya sea en una compra, prenda o inscripción.
¿Cómo se paga y qué pasa si se incumple?
El impuesto puede liquidarse a través de los registros del automotor o mediante convenios que la provincia mantiene con plataformas electrónicas como SUATS. Esta modalidad permite avanzar con el trámite incluso en localidades sin delegaciones físicas de la ASIP.
Quienes no realicen el pago en tiempo y forma quedarán automáticamente alcanzados por intereses moratorios y multas estipuladas en el Código Fiscal santacruceño (Ley N.º 3.486). Es decir, no hay prórroga ni excepciones automáticas: la mora es inmediata y acumulativa.
¿Por qué es importante?
Este tributo, si bien es de bajo perfil, representa ingresos claves para las arcas provinciales. Su cumplimiento también garantiza que los trámites vehiculares no se vean trabados o demorados. Las autoridades recuerdan que no se trata de un impuesto nuevo, sino de una figura ya establecida y vigente en toda la provincia.
Por otra parte, la ASIP informó que continúa trabajando en la digitalización del registro de empleadores y empleados, en el marco de la Ley 3.141 de Empleo Santacruceño, que también impacta sobre la trazabilidad de los movimientos económicos formales.
DATO CLAVE: El impuesto al sello no se paga de forma anual ni periódica. Se abona una única vez por cada operación sujeta a gravamen.
Para más información o simulación de montos, los contribuyentes pueden ingresar al sitio oficial de ASIP: www.agvp.gob.ar